miércoles, 9 de enero de 2019

conceptos basicos sobre el certificado energetico

CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE EL CERTIFICADO ENERGÉTICO 2019

Vamos a definir algunos conceptos básicos sombre la Certificación Energética de la Vivienda. Hay que tener claros dichos conceptos ya que el mercado inmobiliario está en auge y el Certificado Energético forma parte del proceso de venta o alquiler de un inmueble, por lo que no está nada mal recordar la normativa en este año 2019.

Conceptos básicos sobre el Certificado Energético


¿QUE ES UN CERTIFICADO ENERGÉTICO?




Es un documento que contiene información sobre las características energéticas y la calificación de eficiencia energética de un edificio o unidad de este.



¿CUANDO VOY A NECESITAR UNO?



Según el R.D. 235/2013 de 5 de Abril, y desde el momento de su publicación,  el certificado de eficiencia energética será obligatorio para todos aquellas viviendas, oficinas y locales comerciales, que se vayan a vender o alquilar a un nuevo arrendatario.



¿QUIEN  LO EMITE?



Será suscrito por un técnico certificador, que es aquél  que está en posesión de la titulación académica y profesional que le habilita para la realización de la certificación energética.



¿QUE VALIDEZ TIENE?



El certificado de eficiencia energética tiene una validez máxima de diez años, aunque será recomendable su actualización en el caso de que se realicen reformas en el inmueble que mejoren su eficiencia energética y aumente  así su calificación energética.



¿DONDE TENGO QUE PRESENTARLO?



Ante el órgano competente de su Comunidad Autónoma en materia de certificación energética de edificios. En el caso de Andalucía se ha de registrar en el Registro Andaluz de los Certificados Energéticos.



¿A QUIEN TENGO QUE PRESENTARLO?



Cuando el inmueble sea objeto de contrato de compraventa el original del certificado de eficiencia energética será puesto a disposición del comprador.



Cuando el objeto del contrato sea el arrendamiento del inmueble, bastará con la simple exhibición y puesta a disposición del arrendatario de una copia del referido certificado.



¿PUEDO ESPERAR A VENDER O ALQUILAR EL INMUEBLE Y DESPUÉS  ENCARGARLO?



NO. El certificado energético forma parte de la información básica que el vendedor o arrendador debe facilitar al comprador o inquilino, por lo que este documento debe estar disponible antes de formalizar cualquier operación.



¿PUEDO PUBLICITAR UN INMUEBLE EN VENTA O ALQUILER SIN TENERLO?



NO.  El artículo 12.2 deja claro que la etiqueta energética debe acompañar a cualquier actividad comercial que se realice para vender o alquilar cualquier inmueble.



Las agencias y profesionales inmobiliarios deberán adjuntarla en toda la documentación referida al inmueble así como en cualquier soporte publicitario expuesto al público.



¿QUE PASA SI NO CERTIFICO EL INMUEBLE?



Podemos ser sancionados administrativamente por el órgano competente de su comunidad autónoma por infracción en materia de protección al consumidor (de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley del consumidor aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre).



Además y  a instancia del comprador o arrendatario, el contrato de compraventa o arrendamiento sea objetado parcialmente por no haberse cumplido  el deber de información al Consumidor lo que podría acarrear consecuencias económicas.

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